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Atendiendo al reclamo presentado por el Club Atlético Independiente el 22 de agosto de 2018, bajo los artículos 19 y 56 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL, con el resultado del encuentro disputado el 21 de agosto de 2018, entre los equipos de Club Atlético Independiente vs. . Santos Futebol Clube, correspondiente a los octavos de final de la CONMEBOL Libertadores 2018, por motivo de alineación indebida del jugador Carlos Andrés Sánchez Arcosa; y,

Considerando:

(i) Que los citados Artículos 56 y 19.3 permite que cualquier club reclame contra el partido por un motivo de alineación indebida de un jugador del equipo contrario hasta 24 horas después del partido y el Club Atlético Independiente haya interpuesto dicho reclamo en tiempo y en forma;

(ii) Que Santos Futebol Club presentó su escrito de defensa en tiempo y en forma el día 24 de agosto de 2018 y el 27 de agosto de 2018 se ha concedido el derecho a ser escuchado en Audiencia ante este Tribunal a su expedición;

(iii) Que el Tribunal de Disciplina ha encontrado el Santos Futebol Clube no ha cumplido el deber de viajar directamente con la Unidad Disciplinaria de conformidad al artículo 9 del Reglamento de la CONMEBOL Libertadores 2018;

(iv) Conforme al Artículo 19.1 del RD, cualquiera que sea responsable por una alineación indebida se considerará como perdedor de ese encuentro por 3-0;

(v) Que el Tribunal de Disciplina ha encontrado al Santos Futebol Clube responsable de la infracción de alineación indebida del jugador Carlos Andrés Sánchez en incumplimiento de la sanción pendiente de 1 partido de suspensión.

Por tanto, para el caso que nos ocupa, el Tribunal de Disciplina ha resuelto:

1. HACER LUGAR al reclamo presentado por el Club Atlético Independiente;

2. DECLARAR como perdedor al Santos Futebol Clube del partido disputado ante el Club Atlético Independiente correspondiente a los octavos de final de la CONMEBOL Libertadores 2018.y, en consecuencia:

3. DETERMINAR el resultado de 3 - 0 a favor del Club Atlético Independiente de conformidad al artículo 19º del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL.

4. CONFIRMAR la suspensión del Jugador CARLOS ANDRÉS SÁNCHEZ ARCOSA por 1 (un) partido, la cual debe cumplir en la próxima partido de la CONMEBOL Libertadores 2018.

 

Tribunal de Disciplina de la CONMEBOL